1.-
Que la aprobada reforma del artículo 162 del Código Penal implica una mordaza a
la prensa y afecta a los periodistas y medios de comunicación, ya que tipifica
también como delito, además de la interferencia o escucha, la difusión de
contenidos, mediante cualquier medio.
2.- Dicha reforma somete a una vigilancia permanente y previa a los medios y
los periodistas, condicionando la difusión de los contenidos a la necesidad de
determinar si el material o información será considerado posteriormente
adecuado o no a la ley.
3.- La ley aprobada significa un desproporcionado e inconstitucional recorte a
la libertad de expresión ya que permite la difusión única y exclusivamente de
hechos de naturaleza delictiva.
En razón a ello, la ANP
además de manifestar su público rechazo a la ley, demanda al presidente de
la República ,
señor Ollanta Humala Tasso, observarla, pues se trata de una norma que impone
limitaciones a la labor periodística e incluye una forma de censura
previa que atenta contra el derecho a la libertad de expresión, tanto en
su dimensión personal como colectiva y viola los compromisos internacionales
del Estado peruano contenido en los tratados, exponiéndose a la censura
internacional.
Con anterioridad la ANP
se pronunció sobre la propuesta que en sentido similar había elaborado la Corte Suprema de la República y se dijo en
ese entonces que dicho Proyecto de Ley buscaba maniatar y criminalizar la
labor de los periodistas, convirtiéndose en una espada de Damocles para la
actividad de información independiente y de investigación.
La
ley aprobada es más de lo mismo y tiene el agravante de haber sido
aprobada por la casi totalidad de congresistas.
Lima, 17 de diciembre
del 2011
COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
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